Ganadería

Suspenden por 60 días la manipulación mecánica de carne

La Superintendencia de Riesgos del Trabajo resolvió hasta el 12 de julio próximo la obligatoriedad de emplear medios mecánicos para carga, descarga y manipulación de productos cárnicos cuyo peso sea superior a 25 kilogramos.

La Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) suspendió hasta el 12 de julio próximo la obligatoriedad de emplear medios mecánicos para carga, descarga y manipulación de productos cárnicos cuyo peso sea superior a 25 kilogramos, a través de la resolución 43/2020 publicada hoy en el Boletín Oficial.

A fines de enero de este año, la SRT dispuso que toda manipulación, transporte, distribución, carga y descarga de productos cárnicos, cuyo peso sea superior a los 25 kilos, que realicen trabajadores y se lleven a cabo en empresas o establecimientos dedicados a la faena de ganado bovino, ovino, porcino, equino, caprino, animales de caza mayor y menor, se deberá realizar con la asistencia de medios mecánicos adecuados.La misma medida rige para la industrialización de los productos cárnicos, y su cadena de transporte y distribución mayorista y minorista.

Además, se determinó que el empleador alcanzado por esta obligación deberá llevar un registro del mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos mecánicos utilizados, y que, en caso de incumplimiento, las aseguradoras de riesgos del trabajo (ART) deberán denunciarlo ante la SRT.La medida se puso en vigencia a fines de marzo último, ya una vez declarada la emergencia sanitaria y dictado el aislamiento social, preventivo y obligatorio.En virtud de esta situación, la SRT resolvió suspender por 60 días las obligaciones dispuestas.