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Brindan recomendaciones para la cosecha, acopio y secanza de yerba mate

Ante la emergencia sanitaria por el COVID-19 se encuentran habilitadas las tareas de cosecha, como así también las que se desarrollan en secaderos y molinos.

La producción y elaboración de yerba mate integra el lote de actividades exceptuadas del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio dispuesto por el Gobierno Nacional, por lo cual se encuentran habilitadas las tareas de cosecha, como así también las que se desarrollan en secaderos y molinos.

Al momento de realizarlas es necesario seguir las recomendaciones que efectúan los organismos sanitarios y adoptar algunas de las medidas tomadas en otras cadenas productivas.

El artículo 6 del Decreto de Necesidad y Urgencia que estableció las medidas de aislamiento ante la pandemia de Coronavirus indica, en sus incisos 12 y 13, que pueden operar "las industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios" y también aquellas "actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca".

Desde el INYM sostenemos que la seguridad de la familia yerbatera es sumamente importante, tanto ante la pandemia vinculada al COVID 19 como a la epidemia de dengue, por lo cual consideramos necesario seguir estas recomendaciones durante las actividades de cosecha, acopio y secanza de la yerba mate:

En la chacra:

• Incrementar la higiene de los establecimientos.

• Evitar el uso compartido de elementos y herramientas de trabajo.

• Realizar con frecuencia la limpieza y desinfección de herramientas y equipos, utilizando para ello alcohol en gel o alcohol diluido (tres partes de alcohol y una de agua) y para las superficies lavandina.

Traslado del personal, tarefa y flete:

• Se recomienda que, en la medida de lo posible, cada tarefero realice su traslado en forma individual, por sus propios medios y evitando aglomeraciones.

• De no ser posible, el traslado de trabajadores debe ser realizado con transporte habilitado, debiendo respetarse en todos los casos, la distancia mínima recomendada por los organismos competentes.

• No compartir cabina de camión, cosechadora o tractor.

• No se deberá compartir mate, tereré, utensilios para tomar agua. Debe haber disponibilidad de agua y cada trabajador con vasos o botellas individuales.

• En el momento de la cosecha, no trabajar de a pares. Cada cosechador deberá tener su lineo o zona de cosecha. También deberán marcarse las ponchadas, tijeras y serruchos para que sean personales. Las herramientas deben lavarse por lo menos dos veces al día.

• Los guantes, en caso de no sean descartables, deberán ser lavados o desinfectados.

Secaderos o playas de acopio

• Es importante que el camionero se traslade solo sin acompañante.

• Evitar la congestión de personas en la báscula.

• La comunicación entre el personal del secadero y el camionero debe mantenerse al aire libre y respetando la distancia recomendada de 1,5 metros.

• Sólo deben estar en el lugar el personal mínimo indispensable para la actividad.

• Rociar las ponchadas con agua y lavandina, una vez descargadas.

PARA TODOS LOS CASOS

• Garantizar el lavado de manos. Tiene que haber jabón y agua disponible.

• Se recomienda la utilización de alcohol en gel o alcohol común de 96 o 97º diluido al 70% (7 partes de alcohol en 3 partes de agua).

• Sólo deben estar en el lugar el personal mínimo indispensable para la actividad.

• En las actividades grupales indispensables se deberá guardar una distancia mínima de 1,5mts entre las personas.

• Se recomienda toser o estornudar sobre el pliegue del codo.

• Los trabajadores que tengan 60 años o más o que se encuentren en los grupos de riesgo enunciados en el Decreto 260/2020 del Poder Ejecutivo Nacional poseerán licencias, las cuales no afectarán la percepción de las remuneraciones normales y habituales.

• Si en el lugar de trabajo se presentan síntomas como fiebre, dolor de garganta, tos seca y/o dificultad para respirar, el personal está obligado a informarlo a sus empleadores, quienes seguirán con el protocolo correspondiente ante esa situación. Si el empleado se encuentra en su domicilio presentando alguna de estas sintomatologías, debe consultar inmediatamente a su médico de cabecera o al que la empresa lo determine.

• Si alguien presenta fiebre de 38 grados o más llamar al 0800 800 26843 (COVID). Su retorno estará supeditado a la presentación de la alta médica. En caso de corresponder, seguir instrucciones de aislamiento o cuarentena.

• Si viene de provincias o países con casos ya detectados debe hacer la cuarentena (14 días aislado) antes de ingresar al predio o establecimiento.

• Para evitar las picaduras de mosquito y prevenir el Dengue utilizar ropa adecuada y repelentes en las áreas del cuerpo expuestas y no dejar recipientes con agua que puedan servir de criaderos de mosquitos.

El INYM efectúa estas recomendaciones para el sector yerbatero basado en las medidas aconsejadas por los diversos organismos sanitarios y en la adaptación a la producción de yerba mate de las indicadas para otras producciones como vinos, granos, ganado, tambo, desarrolladas por Federación Agraria, Carbap y acordadas por siete instituciones agroindustriales: Cámara de Argentina del Transporte Automotor de Cargas (CATAC), Cámara de la Industria Aceitera de la República Argentina, Centro de Exportadores de Cereales (CIARA-CEC), Cámara de Industriales de Maíz por Molienda Seca, Confederación Intercooperativa Agropecuaria (CONINAGRO), Federación de Acopiadores de Granos de la República Argentina, Federación Argentina de la Industria Molinera (FAIM) y Federación de Transportadores Argentinos (FETRA). )

Por dudas y consultas llamar:

0800-222-1002 - 0800 Salud Responde, opción 1. Teléfono gratuito para llamados desde todo el país.

Pcia. de Misiones: 0800 444 3400

Pcia. de Corrientes: Corrientes: 0379 4974811 (fijo) / 379 4895124 (celular)

Sitios web útil:

https://www.argentina.gob.ar/salud/coronavirus-COVID-19

Instituto Nacional de la Yerba Mate