Economía

Se consolida la suba del diferencial del precio de la soja

El diferencial de precio de la soja abonado por los exportadores de poroto sin procesar se consolida de manera creciente debido a la pérdida de competitividad.

24 Jun 2019

El diferencial de precio de la soja abonado por los exportadores de poroto sin procesar se consolida de manera creciente debido a la pérdida de competitividad que viene registrando la industria oleaginosa.

En las últimas jornadas el precio promedio de la soja cámara (destinada a exportación como grano sin procesar) viene registrando de manera regular un premio del orden del 3% respecto del valor de la soja fábrica (destinada a la elaboración de aceite y harina de soja).

La normativa vigente dispone que la soja cámara tiene una base de recibo de 13,5% de humedad con hasta 1,0% de materias extrañas, 5% de grados brotados o fermentados, 5% de granos verdes y 20% de granos quebrados o partidos, entre otros aspectos.

La mejora relativa de la competitividad del sector exportador también se refleja en el cambio de la matriz comercial exportadora: a la fecha las Declaraciones Juradas de Ventas Externas (DJVE) correspondientes al ciclo comercial 2018/19 de poroto de soja son de 4,66 millones de toneladas, mientras que en el caso de la harina de soja suman 12,1 millones de toneladas.

Esa misma proporción en el ciclo 2017/18 era de 4,02 millones de toneladas de poroto y 25,1 millones de toneladas de harina de soja, según datos oficiales publicados por la Subsecretaría de Mercados Agropecuarios de la Nación.

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A comienzos de septiembre del año pasado, por medio del decreto 793/18, el gobierno nacional estableció para el poroto, aceite y harina de soja un derecho de exportación con una alícuota fija del 18,0%, a la cual se adicionó un factor variable de 4,0 pesos por cada dólar FOB exportado. En cuanto al biodiesel (que en la Argentina se elabora con aceite de soja), a la alícuota fija del 15,0% también se le adicionó el factor móvil del 4×1.

Sin embargo, mientras que al resto de los granos oleaginosos y cereales se les aplicó una alícuota variable de 4,0 pesos por cada dólar FOB, a la harina de trigo y de maíz, sémola, almidón, malta, pellets de girasol, aceite de maní, de maíz y de girasol -entre otros productos agroindustriales- se les aplicó una retención móvil de 3,0 pesos por dólar.

Adicionalmente, la restauración del bloqueo comercial chino contra la soja estadounidense -por medio de la implementación efectiva del arancel de importación del 28% a partir del presente mes de junio- generó una presión de demanda adicional sobre la oferta sudamericana del poroto. Ese fenómeno generó un beneficio sustancial para Brasil, pero no para la Argentina, dado que el principal producto de exportación argentino -la harina de soja- no cuenta con habilitación para ingresar al mercado chino.

Fuente: Valor Soja