Especialistas de la Facultad de Agronomía de la UBA (FAUBA) advirtieron sobre el impacto que tendría una eventual derogación de la norma que obliga a informar con sellos visibles los excesos de azúcares, sodio y grasas en alimentos y bebidas. La posibilidad de que el Gobierno nacional impulse la derogación de la Ley de Etiquetado Frontal volvió a encender el debate sobre el acceso a la información nutricional y el derecho de los consumidores a conocer con claridad la composición de los alimentos que consumen.
La Ley 27.642 de Promoción de la Alimentación Saludable, sancionada en 2021, estableció la incorporación de sellos octogonales negros en los envases de productos alimenticios y bebidas para advertir sobre excesos de azúcares, sodio, grasas saturadas, grasas totales y calorías, además de indicar la presencia de edulcorantes y cafeína. Desde distintos ámbitos académicos y sanitarios sostienen que la normativa significó un avance en materia de salud pública y transparencia alimentaria. En ese contexto, desde la Facultad de Agronomía de la UBA manifestaron preocupación ante la posibilidad de que la legislación sea eliminada. "El etiquetado frontal tiene como objetivo garantizar el derecho a la salud y a una alimentación adecuada mediante el uso de instrumentos que brindan información nutricional simple y comprensible", explicó Fernando Andrés Grimaldi, licenciado en Gestión de Agroalimentos de la Facultad de Agronomía de la UBA y especialista en Asuntos Regulatorios de Alimentos.
"El etiquetado frontal tiene como objetivo garantizar el derecho a la salud y a una alimentación adecuada mediante el uso de instrumentos que brindan información nutricional simple y comprensible"
Grimaldi trabaja actualmente en el análisis de fórmulas alimenticias y en la determinación de los sellos que corresponden a cada producto según los parámetros establecidos por la normativa vigente. Según indicó, los octógonos funcionan como advertencias visibles sobre nutrientes críticos presentes en exceso y buscan prevenir enfermedades crónicas no transmisibles vinculadas a hábitos alimentarios inadecuados. "El etiquetado frontal advierte sobre los excesos de nutrientes críticos en alimentos y bebidas y promueve la prevención de la malnutrición en la población", sostuvo.
El especialista detalló que, para definir si un producto debe llevar sellos, primero se analiza si contiene agregados de azúcares, grasas, sodio, edulcorantes o cafeína. Posteriormente, se determina si esos componentes superan los límites establecidos por la ley.
Además, aclaró que la presencia o ausencia de sellos no determina automáticamente que un alimento sea "bueno" o "malo", ya que las necesidades nutricionales dependen de múltiples factores individuales. No obstante, remarcó que el sistema permite comparar productos de manera rápida y facilita la comprensión de su composición nutricional.
Antes de la entrada en vigencia de la ley, la información nutricional estaba limitada a tablas ubicadas en la parte posterior de los envases, muchas veces difíciles de interpretar para gran parte de la población. Con la implementación del etiquetado frontal, las advertencias pasaron a ser visibles de manera inmediata para el consumidor.
En este escenario, referentes de la salud, la nutrición y la educación alimentaria consideran que avanzar sobre la derogación de la norma implicaría un retroceso en materia de derechos de los consumidores y acceso a información clave para la salud pública. Los especialistas coinciden en que el etiquetado frontal no prohíbe productos ni reemplaza la educación alimentaria, pero sí constituye una herramienta orientada a transparentar la composición de los alimentos y fomentar decisiones de consumo más informadas.
El etiquetado frontal no prohíbe productos ni reemplaza la educación alimentaria, pero sí constituye una herramienta orientada a transparentar la composición de los alimentos y fomentar decisiones de consumo más informadas.
