Economía

Declararon la emergencia agropecuaria por sequía en Corrientes y Santiago del Estero

La medida rige por un plazo de doce meses, contados desde el 1 de marzo de 2018, en los departamentos de Esquina, Sauce, Monte Caseros y Curuzú Cuatiá.

24 May 2018

Las autoridades del gobierno nacional declararon el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, para las explotaciones agropecuarias de la provincia de Corrientes afectadas por "las escasas lluvias registradas por debajo de las medias históricas y los bajos niveles de reserva hídrica durante los meses de diciembre de 2017, enero y febrero de 2018, que determinaron condiciones de sequía, para el sector agrícola, ganadero y apícola".

La medida -publicada hoy en el Boletín Oficial- rige por un plazo de doce meses, contados desde el 1 de marzo de 2018, en los departamentos de Esquina, Sauce, Monte Caseros y Curuzú Cuatiá (ruta N° 25 al sur, desde el límite con el departamento de Sauce hasta la ruta N° 119; y ruta N° 126 al sur desde la ruta N° 119 hasta el límite con el departamento de Paso de los Libres).

También se declaró el estado de emergencia y/o desastre agropecuario en el departamento Rivadavia de la provincia de Santiago del Estero a causa de "la intensa sequía que afecta a las explotaciones agrícolas, ganaderas y tamberas, por el plazo de doce meses, contados desde el 1 de febrero de 2018".

Para poder acceder a los beneficios contemplados en la Ley de Emergencia Agropecuaria (Nº 26.509) los productores afectados deberán presentar un certificado extendido por autoridades provinciales en el que conste que sus predios se encuentran en situación de emergencia (al menos un 50% de la capacidad de producción afectada) o desastre (al menos un 80% de afectación).

Entre los beneficios previstos en la Ley de Emergencia Agropecuaria se incluyen la suspensión de la iniciación de juicios y procedimientos administrativos por cobros de deudas vencidas con anterioridad a la emergencia, prórrogas para el pago de impuestos y la posibilidad de deducir del Impuesto a las Ganancias el 100% de la utilidad generada por ventas forzosas de hacienda bovina, ovina, caprina o porcina (para mayor información comunicarse con la línea de ayuda del Ministerio de Agroindustria 0-800-222-2476).