Economía

Las tres provincias más perjudicadas con las inclemencias son las que más aportaron al fondo sojero

Provincias inundadas transfirieron 4000 M/$ por regalías sojeras al resto del país, se trata de Córdoba, Santa Fe y Entre Ríos.

4 Jul 2016

En el primer semestre de este año el gobierno nacional transfirió a las provincias 11.722 millones de pesos en concepto del “Fondo Sojero”. La mayor parte de los recursos fueron asignados a Buenos Aires (2486 M/$), Santa Fe (1011 M/$), Córdoba (1005 M/$), Chaco (564 M/$), Entre Ríos (552 M/$) y Tucumán (538 M/$), según datos publicados por el Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas.

Pero si los recursos se transfirieran en función de la producción de soja 2014/15 de cada provincia –últimos datos oficiales disponibles– entonces Buenos Aires debería recibir 3740 M/$, Córdoba 3555 M/$, Santa Fe 2253 M/$ y Entre Ríos 825 M/$.

Eso implica que Córdoba, Santa Fe y Entre Ríos, las tres principales provincias afectadas por las inundaciones y temporales severos, transfirieron en lo que va del año regalías sojeras por una suma de 4065 M/$ (cuando se necesitará mucho más que eso para reconstruir los daños generados por el desastre climático).

La coparticipación actual del Fondo Federal Solidario es –en términos relativos– beneficiosa para las provincias sojeras de Chaco, Salta, Tucumán, Santiago del Estero y San Luis porque reciben más recursos de los que les corresponderían en caso de aplicar una distribución acorde a la producción de cada jurisdicción (ver planilla).

Las provincias no-sojeras –incluyendo a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires– recibieron en los primeros seis meses de 2016 regalías sojeras por un total de 4189 M/$.

Los recursos del Fondo Federal Solidario se conforman con el 30% de lo que la Nación recauda en concepto de derechos de exportación de poroto, harina y aceite de soja. El decreto 206/09 dispone que los mismos se coparticipan entre todas las provincias para destinarse a “obras que contribuyan a la mejora de la infraestructura sanitaria, educativa, hospitalaria, de vivienda o vial en ámbitos urbanos o rurales, con expresa prohibición de utilizar las sumas que lo compongan para el financiamiento de gastos corrientes”.