En el día ayer, se publicó la Resolución MINAGRO N° 193 que establece la extensión del plazo para la presentación de los certificados, para acceder al sistema de reintegros adicionales del 0,5%. El mismo, se realiza para productos agroalimentarios que cuenten con algún certificado oficial de calidad.
La nueva medida, que entrará en vigencia a partir del 27 de julio, busca potenciar el desarrollo agroindustrial diversificado, en términos productivos y territoriales, promoviendo el agregado de valor a los productos agropecuarios y agroalimentarios considerando tres ejes de acción: fortalecer las economías regionales; mejorar los procesos productivos involucrados y optimizar el funcionamiento de las cadenas de valor.
Con la nueva regulación se podrán presentar los certificados para obtener el reintegro dentro de los 45 días corridos contados a partir del libramiento de la mercadería.
También se ha simplificado la tramitación de la solicitud, dado que la misma se cumple integralmente a través del sistema de Trámite a Distancia (TAD), y la tramitación y firma del certificado es realizada a través del sistema de GDE, por lo que los interesados pueden efectuar la solicitud de obtención de los mismos a través de la página de la AFIP.
Sistema de Reintegros Adicionales
A partir del Decreto Nº 1341/2016 se modificaron los niveles de Reintegro a las Exportaciones aplicables a diferentes posiciones arancelarias del Mercosur estableciendo un reintegro del 0,5% ADICIONAL para aquellos productos que revistan la condición de orgánicos, o cuentan con el derecho de uso del Sello "Alimentos Argentinos, una Elección Natural" o con una Denominación de Origen o una Indicación Geográfica.