Economías Regionales

Proyectan bajar el IVA a mostos y vinos a granel

La iniciativa busca llevar la alícuota del 21% al 10,5%% para hacer más competitivo el producto en el mercado interno y externo.

5 Jun 2017

Con el objetivo de contribuir a la industria del mosto y del vino a granel, el diputado nacional por Mendoza, Luis Borsani, presentó un proyecto de ley para reducir la incidencia del Impuesto al Valor Agregado (IVA). La idea central de la iniciativa apunta a generar un alivio y una simplificación fiscal reduciendo del 21 al 10,5 por ciento la alícuota del IVA que tienen que pagar quienes producen y/o comercializan vinos, mostos sulfitados o concentrados. La reducción de la tasa haría que los mencionados productos puedan ser más competitivos tanto en el mercado interno como externo.

Entonces, a lo que se apunta también con esta reducción de la tasa es a intentar ubicar a la industria vitivinícola en un pie de igualdad con los productos a granel de industrias de otras zonas agrícolas del país. "La nueva alícuota traería un beneficio adicional a quienes exportan el vino o mosto a granel, ya que el monto a devolver por parte del Organismo Recaudador será menor. Hoy por hoy, la devolución de IVA por exportaciones tiene una tramitación compleja y la devolución se efectúa con grandes demoras, comprometiendo en última instancia la competitividad de las exportaciones", explicó Borsani.

Asimismo, la iniciativa presentada por el diputado radical señala que la existencia de un número importante de viñateros y contratistas de viña que obtienen estos productos a granel mediante la elaboración por cuenta de terceros o maquila y de bodegueros trasladistas, enfrentan un número concentrado de fraccionadores de vino que actúan en el mercado mayorista. "Se produce así una importante disminución de los montos a retener o devolver en los regímenes de retención o percepción del Impuesto al Valor Agregado (IVA), generando un beneficio adicional en la administración del tributo", destacó Borsani.

Técnicamente, la propuesta del legislador de la UCR se materializaría con el siguiente articulado:

Artículo 1º.- Incorpórase a continuación del punto 7, inciso a) del artículo 28 de la Ley N° 23.349 de Impuesto al Valor Agregado, texto ordenado en 1997 y sus modificatorias, el siguiente párrafo:

"8. Vinos genuinos obtenidos por la fermentación alcohólica de la uva y productos analcohólicos derivados de uva (mosto sulfitado, mosto concentrado, mosto virgen, etc), definidos en el art. 17 en la Ley 14.878 que se comercialicen a granel en mercado mayorista y sin estar fraccionados en envases para su consumo".

Artículo 2º.- La reducción de la tasa del IVA se aplicará a los hechos imponibles que se perfeccionen a partir de la publicación de la presente ley. 

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