Tratamientos contra la sarna ovina: Nuevos requisitos de rotulado
El Senasa estableció nuevas condiciones de rotulado para inyectables formulados con avermectinas y milbemicinas, destinados al tratamiento de la sarna ovina.
Con el objetivo de fortalecer la sanidad ovina y asegurar el correcto uso de los productos veterinarios, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) estableció nuevas condiciones de rotulado para los medicamentos inyectables destinados al tratamiento de la sarna ovina.
La medida, oficializada mediante la Resolución SENASA 828/2025, publicada este viernes en el Boletín Oficial, dispone que todos los productos que contengan principios activos derivados de las lactonas macrocíclicas -como las avermectinas y milbemicinas- deberán incluir en sus envases, de forma claramente visible, la leyenda: "Producto apto para el control de la sarna ovina".
Además, el organismo precisó que solo podrán declarar la leyenda "100 % de eficacia" aquellos productos cuyos resultados hayan sido comprobados mediante pruebas oficiales, tal como establece la Resolución SENASA 532/2021.
Las empresas titulares contarán con 90 días corridos desde la entrada en vigencia de la norma para adecuar el rotulado. El trámite deberá gestionarse a través del portal SIG-Trámites, vinculando la modificación con el expediente del producto y actualizando la información correspondiente en el Vademécum de Productos Veterinarios del SENASA.
Según el organismo, la disposición busca brindar mayor transparencia y confiabilidad a los profesionales veterinarios y productores, garantizando que solo los productos con eficacia comprobada puedan promocionarse como totalmente efectivos. Esta precisión resulta fundamental para avanzar en la erradicación de la sarna ovina en las provincias afectadas, evitando la persistencia de animales infectados y reduciendo los riesgos de reinfección en las majadas.
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La resolución también establece que, una vez vencido el plazo de adecuación, se cancelará la indicación de uso para aquellos productos que no cumplan con los nuevos requisitos, y advierte que las empresas que incumplan la norma serán pasibles de las sanciones previstas en la Ley 27.233 y su decreto reglamentario.